Protección de Consumidores
Se define en el derecho de consumidores y usuarios, como consumidor, a la persona física o jurídica que actúa en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.
Esto es, la persona que interviene en las relaciones de consumo con fines privados, contratando bienes y servicios como destinatario final, sin incorporarlos, ni directa, ni indirectamente, en procesos de producción, comercialización o prestación a terceros
El derecho de consumidores y usuarios, en uso de aplicación de las normas que lo regulan entre ellos la Ley 3/2014 de 27 de marzo, se define a los consumidores como las personas físicas que actúan con un propósito ajeno a una actividad comercial.
Derechos básicos de los consumidores y usuarios
Son derechos básicos de los consumidores y usuarios:
a) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
b) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular frente a las prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
c) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
d) La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
e) La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas.
f) La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.